Mediante Concepto C-196 de 2023, Colombia Compra Eficiente recuerda el deber de las Entidades Estatales de dar publicidad de todos los documentos relacionados con el Proceso de Contratación expedidos durante las etapas precontractual, de ejecución y postcontractual. Esto incluye los documentos y actos administrativos -de trámite o definitivos- que se expiden durante los procedimientos de contratación, así como los documentos que los impulsan y materializan, incluso aquellos que no produce la entidad pero que forman parte del procedimiento.
Lo anterior, aplica a todas las modalidades de selección previstas en el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, independientemente de que se trate de procesos con o sin pluralidad de oferentes.
“De esta manera, el término con el que cuentan las entidades estatales para publicar los Documentos del Proceso es el señalado en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, que consta de los 3 días posteriores a la expedición de cada documento, los cuales deben entenderse como hábiles en atención a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 4 de 1913. Esto sin perjuicio de la posibilidad de que los documentos se publiquen antes del vencimiento del término, como sucede, por ejemplo, en los procesos adelantados en el SECOP II, donde se pueden publicar algunos de ellos incluso inmediatamente se aprueba el respectivo documento electrónico”.
Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.