info@franciscofajardoabogados.com
Estamos en Colombia

Síganos:  

                 

ActualidadContraloría General de la República vs. Actos Administrativos: Alcances del Control de Legalidad

14/07/2025

Mediante concepto CGR-OJ-074 de 2025, la Contraloría General de la República, señaló que esta entidad se encontraba facultada de realizar un control de legalidad sobre los actos administrativos que expidan los sujetos vigilados, así las cosas:

 

“5.2. Tanto la Contraloría General de la República, como las Gerencias Colegiadas Departamentales, se encuentran facultadas legal y constitucionalmente para realizar el control de legalidad en el marco de la Ley 42 de 1993, especialmente por lo normado en los artículos 9, 11 y 65, los cuales regulan además del control de legalidad, el financiero, de gestión, y de resultados. No debe confundirse con el control de legalidad de los actos administrativos exclusivo de la jurisdicción contencioso administrativa.”

 

Agrega el concepto que el “control de legalidad se puede adelantar en desarrollo de cualquiera de los mecanismos para ejercer vigilancia y control fiscal, tales como auditorías, actuaciones especiales de fiscalización, atención de denuncias, entre otros.”

 

De igual manera señala el concepto que en virtud del “artículo 125 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 153 del Decreto Ley 403 de 2020, asigna un efecto práctico al ejercicio del control de legalidad al otorgar al órgano de control fiscal, la facultad de instaurar las acciones constitucionales y legales ante la jurisdicción contencioso administrativa con el fin de ejercer el control de legalidad de los actos administrativos, cuando se advierta el quebrantamiento del principio de legalidad y así mismo les permite solicitar medidas cautelares necesarias para evitar la consumación de un daño al patrimonio público.”

 

Así las cosas, la Contraloría General como sus Gerencias Departamentales están facultadas legal y constitucionalmente para realizar control de legalidad, sin invadir las competencias de la jurisdicción administrativa. La facultad de interponer las acciones judiciales correspondientes recae en el Contralor General de la República o en quien este delegue, previo análisis de viabilidad por parte de la alta dirección institucional. Así, se establece una línea clara entre la vigilancia fiscal con control de legalidad y la potestad jurisdiccional para anular actos administrativos, reafirmando la misión de la Contraloría en la protección del patrimonio público.

 

Ver: CONCEPTO CGR-OJ-074 de 2025. Contraloría General de la República. Competencia de la Contraloría general de la República para pronunciarse respecto de la legalidad de los actos administrativos.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

https://franciscofajardoabogados.com/wp-content/uploads/2021/09/17-francisco-fajardo-abogados-pasto.png
Estamos en Barranquilla, Bogotá, Cali, Popayán, Pasto.
info@franciscofajardoabogados.com

VISITAS TOTALES

Our Visitor

229029

CONTÁCTENOS

Síganos: