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ContrataciónGobierno presenta propuesta para fortalecer la inclusión de personas con discapacidad en la contratación estatal

23/09/2025

El Departamento Nacional de Planeación y la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente– dieron a conocer el proyecto de decreto que modifica los artículos 2.2.1.2.4.2.6., 2.2.1.2.4.2.7. y 2.2.1.2.4.2.8. de la Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, con el fin de crear el Sistema de Preferencias en favor de las personas con discapacidad en la contratación estatal.

 

El proyecto busca garantizar la inclusión de las personas con discapacidad en la contratación pública, en cumplimiento de la Ley Estatutaria 1618 de 2013 y de instrumentos internacionales. Señala que normas previas, como el Decreto 392 de 2018, resultaron insuficientes al limitarse a empresas que contratan personas con discapacidad, sin contemplar de manera adecuada a los emprendimientos y empresas conformadas por esta población.

 

Se establecen medidas afirmativas como la definición y reconocimiento de emprendimientos y empresas de personas con discapacidad, que podrán acreditarse cuando:

 

1. Personas naturales con discapacidad ejerzan una profesión liberal.
2. Personas naturales con discapacidad desarrollen una actividad comercial con establecimiento de comercio.
3. Una persona jurídica tenga más del 50% de su propiedad o participación en manos de personas con discapacidad.
4. Una persona jurídica tenga vinculada laboralmente al menos una persona con discapacidad en empleos del nivel directivo, durante al menos el último año anterior a la fecha de cierre del proceso de contratación, en el mismo cargo o en otro del mismo nivel.

 

En materia de puntajes adicionales, el proyecto fija un incentivo del dos por ciento (2%) sobre el total de puntos establecidos en el pliego de condiciones, aplicable en la licitación pública y el concurso de méritos. Para acceder a este incentivo, las empresas deberán acreditar un número mínimo de trabajadores con discapacidad según su planta de personal:

 

• De 1 a 30 trabajadores: al menos 2.
• De 31 a 100 trabajadores: al menos 4.
• De 101 a 150 trabajadores: al menos 6.
• De 151 a 200 trabajadores: al menos 8.
• Más de 200 trabajadores: al menos 10.

 

El proyecto también prevé criterios habilitantes diferenciales, condiciones especiales de ejecución, reserva de contratos de prestación de servicios bajo porcentajes sugeridos que serán actualizados anualmente por la Agencia Nacional de Contratación Pública, así como mecanismos de planeación y seguimiento orientados a consolidar la inclusión social, laboral y productiva de las personas con discapacidad en la contratación pública.

 

Ver: PROYECTO DE DECRETO. Por el cual se modifican los artículos 2.2.1.2.4.2.6., 2.2.1.2.4.2.7. y 2.2.1.2.4.2.8. de la Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación. Departamento Nacional de Planeación.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

 

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