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Asuntos JudicialesLa Corte Constitucional se pronuncia por primera vez sobre la moderación de contenidos en redes sociales y los derechos de una influenciadora digital

24/09/2025

En esta sentencia, la Corte resolvió una acción de tutela presentada por Esperanza Gómez Silva contra Meta Platforms, Inc. La demandante alegó la violación de sus derechos a la libertad de expresión, a la igualdad y no discriminación, al debido proceso, al trabajo y a la libertad de escoger profesión u oficio, debido a la eliminación de su cuenta de Instagram. Además, alegó que la decisión estuvo motivada por discriminación debido a su actividad como actriz porno.

En el caso se plantearon varios asuntos relevantes: en primer lugar, un debate sobre el ejercicio de la jurisdicción en espacios digitales, puntualmente sobre la competencia de los jueces colombianos en controversias que suceden en el espacio virtual, pero que involucran a empresas extranjeras que operan redes sociales. La Corte explicó que, cuando una controversia sucede en el ciberespacio, los jueces nacionales deben identificar si el conflicto tiene una conexión relevante con el país, al constatar si produce efectos claros en Colombia. En este sentido, enfatizó que el carácter trasnacional de Internet no excluye la obligación del Estado colombiano de proteger los derechos fundamentales en su jurisdicción.

En segundo lugar, la Corte abordó comprensivamente el tema de moderación de contenidos que adelantan los operadores de redes sociales. Sobre el particular, destacó que, si bien dicha facultad es esencial para garantizar un Internet libre y seguro, los operadores deben respetar unos límites que se enmarcan en la protección de los derechos fundamentales.

 

La corporación concluyó que la eliminación de la cuenta de la demandante constituyó una restricción ilegítima de su libertad de expresión y vulneró sus derechos fundamentales, en particular por la falta de transparencia y debido proceso en las decisiones de moderación. Así mismo, consideró el cierre discriminatorio, pues Meta aplicó sus políticas sobre desnudez y servicios sexuales de manera inconsistente frente a otras cuentas con contenidos similares que permanecen activas.

La Sala encontró que ya no era posible restablecer la cuenta de Instagram en cuestión, y por eso declaró la carencia actual de objeto por hecho consumado, lo cual habilita a la demandante para acudir a la jurisdicción ordinaria en busca de la reparación de los perjuicios. No obstante, el alto tribunal impartió varias órdenes a Meta para garantizar reglas claras y no discriminatorias en la moderación de contenidos. Entre ellas:

• Crear un canal electrónico visible para notificaciones judiciales en Colombia.
• Asegurar que sus políticas estén disponibles en español y en un sitio web unificado.
• Revisar y ajustar las condiciones de uso y la política de privacidad de Instagram, de modo que los usuarios conozcan con claridad los mecanismos para impugnar decisiones de moderación.

Además, la Corte instó a Meta a definir con mayor precisión sus reglas sobre contenidos sexuales implícitos y pidió a su Consejo Asesor emitir un dictamen consultivo sobre la moderación de contenidos frente a desnudos y actividades sexuales de adultos, especialmente frente al uso de conductas offline como criterio de moderación.

 

Ver: SENTENCIA T-256/25 Corte Constitucional. Sala Primera de Revisión. Expediente T-8.764.298. Magistrada ponente: Natalia Ángel Cabo. Bogotá D.C; doce (12) de julio de dos mil veinticinco (2025).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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