La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-071 de 2026, estableció que los recursos judiciales enviados oportunamente a un correo electrónico oficial del juzgado, aunque sea diferente al indicado en la notificación de la providencia, no pueden ser simplemente tenidos por no presentados. La Corte consideró que una decisión de este tipo puede constituir un exceso...
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