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ActualidadSe crean directivas para garantizar la transparencia de los algoritmos del estado

05/10/2025

La Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo expidieron la Directiva Conjunta No. 007, que establece estándares mínimos de transparencia algorítmica aplicables a los sujetos obligados por la Ley 1712 de 2014 para los sistemas algorítmicos de uso estatal. Estos estándares se aplican a los sujetos previstos en el artículo 5 de la Ley 1712 (entidades públicas, órganos de control, personas o entidades que prestan funciones públicas, partidos o movimientos políticos, entre otros). La directiva se dirige específicamente a aquellas entidades que desarrollen, adquieran, usen o implementen sistemas algorítmicos para uso del Estado y que cumplen al menos uno de los tres siguientes criterios:

 

  1. Si el sistema utiliza inteligencia artificial.
  2. Si el sistema cabe dentro de la categoría de Sistema de toma de decisiones automatizadas (SDA).
  3. Si es un sistema o una aplicación que permite recolectar datos de individuos, en particular, datos de geolocalización y otros datos sensibles, para el rastreo por proximidad y monitoreo de riesgos.

 

La formulación de esta Directiva fue desarrollada en estricto apego al mandato establecido por la Sentencia T-067 de 2025 de la Corte Constitucional. Asimismo, con el apoyo técnico de la Agencia Nacional Digital y del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Directiva instrumenta obligaciones de divulgación activa y pasiva (publicación proactiva de información sobre diseño, finalidad, funcionamiento y efectos de los sistemas; respuestas oportunas, completas y comprensibles a solicitudes de acceso).

 

La Directiva exige que las entidades que cumplan los criterios especificados publiquen información clara, accesible y periódica sobre el diseño, la finalidad, el funcionamiento y los efectos de los sistemas algorítmicos empleados por el Estado. Estas entidades también están obligadas a proporcionar respuestas oportunas, completas y comprensibles a las solicitudes de acceso a dicha información.

 

Asimismo, el documento describe las circunstancias en las que las partes obligadas deben otorgar acceso al código fuente de los algoritmos o proporcionar explicaciones significativas sobre su funcionamiento. Del mismo modo, estipula que, anualmente, el Ministerio Público realizará una encuesta a las entidades obligadas para recopilar información fundamental sobre los sistemas algorítmicos actualmente en uso en el Estado Colombiano.

 

Ver: DIRECTIVA CONJUNTA 007. Procuraduría general de la Nación – Defensoría del pueblo. Bogotá D.C.; treinta (30) de septiembre de dos mil veinticinco (2025).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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