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ActualidadFuturo energético: Nuevo decreto impulsa contratos a largo plazo para garantizar la estabilidad eléctrica en Colombia.

26/10/2025

Mediante el Decreto 1091 de 2025, el Ministerio de Minas y Energía adiciona la Sección 10 al Capítulo 8 del Título III, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1073 de 2015, que es el Decreto Único Reglamentario del sector de Minas y Energía. Esta nueva sección define las reglas generales para que el Ministerio de Minas y Energía y entidades como la CREG y la UPME diseñen e implementen mecanismos de contratación complementarios a los que ya existen en el Mercado de Energía Mayorista, con enfoque en la planificación y estabilidad a largo plazo.

 

El decreto busca fortalecer la planeación y sostenibilidad del sistema eléctrico colombiano. Para ello, establece los lineamientos de política pública que permitirán la contratación a largo plazo de proyectos de generación, almacenamiento, transmisión, distribución y servicios relacionados con la energía eléctrica, buscando garantizar un suministro continuo, eficiente y seguro para los ciudadanos.

 

Igualmente, se introducen los mecanismos para promover proyectos de energías renovables y tecnologías de almacenamiento, cuya finalidad es diversificar la matriz energética, mitigar los efectos del cambio climático y fortalecer la seguridad energética nacional. Mecanismos que deben ser diseñados bajo características de selección competitiva, transparente y con criterios socioeconómicos y ambientales.

 

Finalmente, el Decreto ordena a las entidades competentes, para que adopten en un plazo máximo de dos meses, las medidas necesarias para poner en marcha esta nueva política, incluyendo la actualización de la regulación vigente sobre costos y tarifas.

 

Ver: DECRETO 1091 DE 2025. Ministerio de Minas y Energía. Por el cual se adiciona la Sección 10 al Capítulo 2, Titulo III, Parte 2, Libro 2, al Decreto 1073 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, en lo relacionado con los lineamientos de política pública para la contratación a largo plazo de proyectos de generación, almacenamiento, transmisión, distribución, y otros servicios relacionados con el servicio de energía eléctrica y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C; dieciséis (16) de octubre de dos mil veinticinco (2025).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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