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Asuntos JudicialesLa prueba pericial sin método pierde fuerza probatoria

04/01/2026

La Corte Suprema de Justicia fijó criterios estrictos y detallados para la valoración judicial de la prueba pericial, advirtió que la idoneidad profesional del experto es solo un presupuesto mínimo, pero insuficiente para otorgar valor probatorio a un dictamen. El alto tribunal fue enfático en que el juez no puede limitarse a comprobar requisitos formales, sino que debe examinar de manera integral el dictamen, es decir, si el conocimiento producido es confiable, controlable y científicamente fundado.

 

Para ello, la Sala desarrolló cinco dimensiones obligatorias de análisis: (i) la idoneidad específica del perito frente al problema concreto; (ii) la transparencia de las premisas fácticas, exigiendo datos verificables y distinguibles de simples supuestos; (iii) la validez y aplicación del método empleado; (iv) la coherencia lógica del razonamiento, evitando saltos inferenciales o confusión entre correlación y causalidad; y (v) la inteligibilidad del dictamen, que debe ser comprensible para el juez y susceptible de contradicción.

 

La Corte reiteró que el juez tiene el deber activo de controlar críticamente la prueba pericial, sin sustituir al experto, pero tampoco aceptando ciegamente sus conclusiones. En esta providencia, la Corte desarrolla y sistematiza criterios para la valoración judicial de la prueba pericial, aplicables especialmente a dictámenes de contenido técnico y económico, como los relativos a la cuantificación de perjuicios.

 

Ver: SENTENCIA SC2154-2025. Corte Suprema de Justicia Sala De Casación Civil, Magistrada Ponente: Martha Patricia Guzmán Álvarez. Radicación N.º 11001-31-99-001-2005-37663-01 (aprobado en sesión de trece de noviembre de dos mil veinticuatro) Bogotá, D.C; quince (15) de diciembre de dos mil veinticinco (2025).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

 

 

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