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ActualidadMinisterios impulsan la vinculación de técnicos electricistas certificados en proyectos de transición energética

21/07/2026

El Ministerio de Minas y Energía, en articulación con el Ministerio del Trabajo emitieron la Circular 40017 del 30 de abril de 2026, mediante la cual imparten lineamientos dirigidos a los operadores de red y contratistas que desarrollen infraestructura eléctrica en el marco de los programas de Colombia Solar (Decreto 972 de 2025 y Resolución 40159 de 2026) y Comunidades Energéticas (Ley 2294 de 2023 y Decreto 2236 de 2023).

 

El documento orienta a los ejecutores de estos proyectos a vincular personal que cumpla estrictamente con el perfil de técnicos electricistas calificados, lo cual exige contar con formación académica, matrícula o tarjeta profesional vigente y las competencias determinadas por la normatividad aplicable.

 

La circular destaca tres componentes obligatorios para el desarrollo de los proyectos:

 

  • Transición energética justa y reconversión laboral: Incorpora un enfoque de empleos verdes para promover oportunidades laborales sostenibles que mitiguen el cambio climático. Asimismo, insta a facilitar que los trabajadores de sectores tradicionales adquieran nuevas competencias técnicas asociadas a las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER).

 

  • Garantías laborales y formalización: Establece la obligación de asegurar la afiliación y el pago oportuno al Sistema de Seguridad Social Integral, promover el libre ejercicio de la libertad sindical y prevenir prácticas de intermediación o tercerización ilícita que desnaturalicen la relación de trabajo. También exige entornos laborales libres de discriminación, violencia y acoso.

 

  • Enfoque territorial: Exhorta a priorizar la contratación de mano de obra local en las zonas de influencia de los proyectos y a garantizar la participación activa de las comunidades en la implementación de soluciones energéticas sostenibles.

 

Finalmente, el instrumento recuerda que el Ministerio del Trabajo ejercerá sus funciones de inspección, vigilancia y control con un enfoque diferencial y de género para verificar el cumplimiento de estas condiciones del personal técnico.

 

En conclusión, aunque la circular tiene naturaleza orientadora y no crea nuevas obligaciones jurídicas, opera como el marco de referencia institucional para que las empresas del sector ajusten sus procesos de contratación a los estándares de sostenibilidad laboral y técnica exigidos por el Gobierno Nacional.

 

Ver: CIRCULAR. Ministerio de Minas y Energía y Ministerio del Trabajo. Radicación: 40017. Bogotá D.C.; treinta (30) de abril de dos mil veintiséis (2026)

 

NOTA ACLARATORIA: Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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