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Asuntos JudicialesNueva política farmacéutica nacional: Consejo de Estado exige medidas para garantizar el acceso a medicamentos

20/10/2026

La Procuraduría General de la Nación promovió una acción popular frente a deficiencias en la regulación de precios de medicamentos, la inspección y vigilancia de su comercialización y el desabastecimiento. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante sentencia del 12 de diciembre de 2024, declaró vulnerados o amenazados los derechos colectivos a la seguridad y salubridad públicas, la defensa del patrimonio público, el acceso eficiente y oportuno al servicio de salud y los derechos de usuarios y consumidores.

 

Al resolver las apelaciones, el Consejo de Estado mantuvo la orden de conformar una mesa de trabajo dirigida por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos y el INVIMA, con participación de entidades públicas y actores del sector. Su finalidad es establecer las bases de una nueva política farmacéutica nacional, conforme al artículo 23 de la Ley 1751 de 2015. Entre los asuntos que deberá estudiar se encuentran la reformulación del control de precios, las estrategias de compras y promoción de medicamentos genéricos, los sistemas de información y facturación electrónica, el desabastecimiento, la investigación y producción farmacéutica y los mecanismos de financiación del sistema de salud.

 

La Sección Primera modificó la decisión de primera instancia para aclarar que la política no necesariamente debe formalizarse mediante un nuevo CONPES: también podrá adoptarse mediante otro documento o instrumento jurídico idóneo que defina lineamientos, acciones y mecanismos de financiación.

 

La corporación ordenó constituir un comité de verificación de cumplimiento, presidido por el magistrado sustanciador del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. En lo demás, confirmó la sentencia de primera instancia, incluidas las órdenes de continuar las acciones frente al desabastecimiento y ejercer las competencias de inspección, vigilancia y control. La providencia no ordena someter directamente a control de precios la totalidad de los medicamentos, sino estudiar y reformular la política de control de precios, incluidos los métodos y procedimientos para implementar ese régimen.

 

Ver: SENTENCIA. Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. Consejero ponente: Pablo Andrés Córdoba Acosta. Radicación: 25000-23-41-000-2019-00763-02. Bogotá D. C., diecisiete (17) de septiembre de dos mil veintiséis (2026).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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