La Corte Constitucional en sentencia T – 242 de fecha 1 de julio de 2022, amparó los derechos fundamentales a la honra, al buen nombre y a la presunción de inocencia del señor Álvaro Uribe Vélez, vulnerados por el señor Daniel Mendoza Leal con ocasión de la difusión en redes sociales, entre otros, de la serie “Matarife: un genocida innombrable”.
Teniendo en cuenta que la controversia se suscitó entre particulares, la Corte Constitucional enfatizó que la procedencia de la acción de tutela para resolver estos conflictos, está supeditada al cumplimiento de tres requisitos:
- Haber agotado el accionante los “mecanismos de autocomposición”.
- Haber efectuado el accionante una reclamación de retiro ante la plataforma en la que se hizo la publicación “siempre y cuando en las reglas de la comunidad se habilite para ese tipo de ítem una posibilidad de reclamo”.
- El juez de tutela constate que la controversia tiene relevancia constitucional y las acciones penales y civiles ordinarias no resultan idóneas y eficaces en el caso concreto o existe un riesgo de perjuicio irremediable para los derechos fundamentales.
VER SENTENCIA T 242 DE FECHA 1 DE JULIO DE 2022, CORTE CONSTITUCIONAL
Área de litigios y Asuntos Judiciales
FRANCISCO FAJARDO Abogados & Asociados