La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente (CCE) modificó su posición sobre la adición de contratos de obra pública pactados a precios unitarios. En su más reciente concepto, la entidad acogió la postura del Consejo de Estado según la cual las mayores cantidades de obra no constituyen una adición al valor inicial y, por lo tanto, no están sujetas al límite del 50% establecido en el artículo 40 de la Ley 80 de 1993.
Asimismo, la entidad diferencia entre mayores cantidades de obra y obras adicionales: mientras las primeras corresponden a ajustes dentro del objeto contractual original y no requieren contrato adicional, las segundas implican la ejecución de nuevas actividades o ítems no previstos, en cuyo caso sí deben someterse al límite del 50% y formalizarse mediante un contrato adicional.
No obstante, CCE enfatizó que esta flexibilidad no puede ser utilizada para evadir las normas de selección aplicables ni justificar ampliaciones desproporcionadas, pues cualquier variación significativa puede evidenciar fallas en la planeación. Aunque el valor inicial de los contratos de obra a precios unitarios es estimativo, debe fundamentarse en estudios previos rigurosos que determinen con precisión las cantidades de obra necesarias. Las variaciones respecto al valor final deben ser mínimas y contar con reglas claras para evitar afectaciones a los principios de transparencia, selección objetiva y libre concurrencia.
Además, la entidad reiteró que la planeación es un requisito esencial en la contratación pública, ya que permite garantizar la viabilidad técnica y económica de los proyectos. Errores u omisiones en esta etapa pueden derivar en la nulidad del contrato, el rompimiento del equilibrio económico y hasta responsabilidad fiscal para los funcionarios involucrados.
Con esta actualización, CCE alinea su doctrina con la jurisprudencia reciente, reafirma la importancia de la planeación contractual y busca garantizar que las modificaciones en contratos de obra pública a precios unitarios se realicen con base en criterios técnicos, financieros y jurídicos claros.
Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.
Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.