El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió el Decreto 1275 de 2024, en el que otorgó facultades de autoridad ambiental a las comunidades indígenas, para ser ejercida en sus propios territorios; dicha facultad es semejante a la que tienen las Corporaciones Autónomas Regionales en cada departamento.
En este sentido, tanto las autoridades indígenas como las demás autoridades ambientales del Estado
“establecerán conjuntamente mecanismos directos que permitan la debida aplicación de los principios
de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad, respetuosos de la autonomía y los sistemas de conocimiento de los pueblos indígenas, con la finalidad de garantizar la protección armónica de los ecosistemas y territorios en los casos en los que se supere el ámbito de aplicación del presente Decreto y concurran competencias ambientales.”.
Así, las comunidades indígenas tienen, a partir de ahora, facultades para:
- Formular, adoptar y desarrollar en su ámbito territorial, los instrumentos de regulación y gestión
Ambiental.
- Definir e implementar. desde las estructuras de gobierno propio, reglamentos dirigidos a administrar, preservar, conservar, proteger, restaurar y fortalecer o rescatar la importancia especial que para las culturas y los valores espirituales de los pueblos indígenas reviste su relación con sus territorios y, en especial, con los seres materiales e inmateriales que en estos habitan.
- Sancionar, en el marco de la justicia propia, a miembros de sus comunidades.
- Planificar, adoptar sus presupuestos y administrar los recursos que les correspondan para el ejercicio de las competencias establecidas en el decreto citado.
Es de destacar que, el financiamiento para que las comunidades indígenas puedan desarrollar las nuevas facultades otorgadas, se realizará a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible “en un plazo no mayor de seis (6) meses contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto”, es decir, aproximadamente hasta el mes de abril de 2025.
Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.