El Consejo de Estado, a través de Sentencia de 4 de mayo de 2022, con radicado No. 63001-23-33-000-2019-00247-01 (66.728), indicó que el desconocimiento del principio de planeación no genera nulidad absoluta del contrato, ratificando así, las sentencias de 8 de septiembre de 2021, expediente 61.583 y de 11 de octubre de 2021, expediente 63.117, al señalar:
“De otra parte, resulta oportuno reiterar, como ya lo ha hecho esta Subsección, que el desconocimiento del principio de planeación no vicia de nulidad el negocio jurídico”
VER SENTENCIA 66728 DEL 04 DE MAYO DE 2022.
CINDDY BENAVIDES
ABOGADA
ESPECIALISTA EN DERECHO ADMINISTRATIVO
ESPECIALISTA EN CONTRATACIÓN ESTATAL
FRANCISCO FAJARDO Abogados & Asociados