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ContrataciónDiferencias entre “Stand By” y “Mayor Permanencia” en Obras: Conceptos y Efectos Económicos

10/01/2025

El Consejo de Estado ha precisado las diferencias conceptuales entre las nociones de “stand by” y “mayor permanencia” en el contexto de la gestión y ejecución de obras de construcción.

 

De manera clara, la Corporación definió:

 

  1. “Stand By”:

Corresponde a la situación en la que los equipos o maquinaria de construcción están inactivos, en espera de ser utilizados. Aunque no operan activamente, permanecen disponibles para entrar en funcionamiento cuando sea necesario.

 

    • Causas comunes: Pausas en el proyecto, cambios en el cronograma, falta de permisos o espera de insumos.

 

    • Implicación económica: Genera costos por la disponibilidad de los equipos aun cuando no están en uso, afectando el presupuesto y la eficiencia en la planificación del proyecto.

 

2. “Mayor Permanencia en Obra”:

Se refiere a una extensión en el tiempo total del proyecto, implicando que tanto equipos como trabajadores permanezcan más tiempo del previsto en el lugar de la obra.

 

    • Causas comunes: Cambios en el alcance del proyecto, problemas climáticos, falta de insumos o retrasos logísticos.

 

    • Implicación económica: Afecta los costos generales, no solo por la inactividad de los equipos (como en el caso del “stand by”), sino también por el pago de salarios al personal, gastos operativos adicionales y una posible reprogramación del proyecto.

 

 

Diferencias Fundamentales y Efectos Jurídicos

 

Aunque ambos conceptos generan costos, la “mayor permanencia en obra” tiene un impacto económico mayor, pues incluye costos asociados tanto al personal como a la maquinaria. En términos legales, no es lo mismo reclamar una indemnización por costos de “stand by” que hacerlo por “mayor permanencia”. Cada concepto debe demostrarse y cuantificarse de manera independiente, debido a sus distintas implicaciones económicas y de planificación.

 

Este esclarecimiento es clave tanto para estructurar reclamaciones como para anticipar posibles contingencias durante la ejecución de obras civiles.

 

Ver SENTENCIA. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección a. Radicación 81001-23-39-000-2018-00035-02 (68858). Magistrado ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ. Bogotá D.C., 06 de diciembre de 2024

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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