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ContrataciónEjecución contractual y vigencia fiscal: límites impuestos por el principio de anualidad fiscal.

02/03/2026

En el marco de la normativa vigente, se establece el alcance del principio de anualidad fiscal en la contratación estatal y su estrecha relación con el régimen presupuestal.

 

Se reitera que, como regla general, la ejecución de los contratos estatales debe desarrollarse dentro de la vigencia fiscal correspondiente, comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, y que toda actuación contractual debe estar respaldada por la debida disponibilidad presupuestal desde la etapa precontractual.

 

Así mismo, se precisa que se vulnera el principio de anualidad fiscal cuando la ejecución de un contrato se traslada a una vigencia posterior sin contar con una figura presupuestal válida, como las vigencias futuras, las reservas presupuestales o las cuentas por pagar, aclarando que la sola expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) y del Registro Presupuestal (RP) no habilita dicho traslado.

 

Se señala, además, que la suspensión de un proceso de selección o de un contrato ya perfeccionado no constituye, por sí sola, una excepción al principio de anualidad, y que cualquier decisión que incida en la ejecución del contrato en una vigencia distinta debe estar soportada en los mecanismos presupuestales previstos en el ordenamiento jurídico.

 

Finalmente, es importante recordar que el principio de anualidad fiscal no es absoluto y que el sistema presupuestal contempla excepciones que permiten armonizar la planeación contractual con la ejecución del gasto público. No obstante, se enfatiza que la identificación y aplicación de la figura presupuestal correspondiente hace parte del análisis técnico y del deber de planeación que deben adelantar las entidades estatales en cada proceso contractual.

 

Ver: CONCEPTO C-004 DE 2026. Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente. Bogotá D.C., 12 de febrero de dos mil veintiséis (2026).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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