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Asuntos JudicialesEl Consejo de Estado confirma que la parte demandante puede elegir al juez competente en contratos ejecutados en varios territorios

05/06/2025

Al resolver un conflicto negativo de competencias, el Consejo de Estado recordó que el artículo 156 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021, establece que la competencia en los procesos relacionados con controversias contractuales en razón al factor territorial, se determina por el lugar donde fue ejecutado su objeto contractual. Asimismo, prevé que cuando son varios tribunales o jueces los que tienen competencia, el asunto lo va a conocer a prevención ya sea el juez o el tribunal de donde se presentó la demanda.

 

Del mismo modo, el Consejo de Estado precisó que, en aquellos casos en los que el contrato objeto del litigio se ejecuta en más de un departamento y, por tanto, existen varios jueces o tribunales con competencia territorial, la demanda podrá ser presentada ante cualquiera de ellos.

 

En este sentido, se afirmó que, cuando la ejecución contractual abarca diversos departamentos, corresponde a la parte accionante el ejercicio legítimo de la facultad de escoger al juez competente dentro de los posibles habilitados por ley, y esta elección se concreta con la radicación de la demanda.

 

El Consejo también aclaró que, cuando el artículo 156 del CPACA, hace alusión a que, la competencia se determina por el lugar donde fue ejecutado o debió ejecutarse el contrato, se refiere al lugar donde fue desarrollado el objeto contractual. Por tanto, no resulta determinante el sitio donde se hayan llevado a cabo labores de supervisión o seguimiento contractual, ya que estas actividades no inciden en la definición del juez territorialmente competente.

 

Ver AUTO. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera. Subsección A. Radicación: 08001-33-33-009-2023-00054-01 (72.466); Magistrado Ponente: José Roberto Sáchica Méndez. Bogotá D.C., 16 de mayo de 2025.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

 

 

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