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Actualidad¿El diésel seguirá subsidiado para vehículos particulares? Gobierno alista nuevo mecanismo para frenar el déficit del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles

23/07/2025

En el marco de la política de racionalización del gasto público y transición energética, el Gobierno Nacional expidió un proyecto de decreto que propone adicionar el Decreto 1068 de 2015 y modificar el Decreto 1073 del mismo año, con el fin de establecer un mecanismo diferencial de estabilización de precios del ACPM (diésel) para los vehículos de servicio particular, diplomático y oficial, específicamente de tipo automóvil, camioneta, campero y cuatrimoto. Esta medida se enmarca en el artículo 244 de la Ley 2294 de 2023, que habilita al Ejecutivo a definir mecanismos de estabilización focalizados bajo criterios de eficiencia y progresividad, mediante el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC).

 

La decisión encuentra su justificación en la crítica situación fiscal que enfrenta el FEPC, cuyos subsidios implícitos han sido considerados regresivos e ineficientes. Estudios técnicos señalan que los vehículos particulares han sido beneficiarios de un subsidio costoso, desproporcionado e inequitativo que, además de impactar negativamente el balance fiscal de la Nación, contradice los principios de sostenibilidad fiscal y justicia distributiva.

 

Con este nuevo esquema, el ingreso al productor para los vehículos cubiertos por el decreto será, como mínimo, igual al precio de paridad internacional, eliminando así la brecha artificial entre el precio local y el costo real de oportunidad. Esta diferenciación permitirá que el subsidio del FEPC se concentre en los vehículos que prestan servicios esenciales de transporte público, carga o pasajeros, quienes seguirán cobijados por el esquema tradicional de estabilización.

 

En síntesis, el proyecto decreta la creación de un mecanismo diferencial de estabilización de precios del ACPM para vehículos no esenciales, eliminando su acceso al subsidio, e impone su alineación con el precio internacional del combustible. Además, modifica las funciones de control y regulación en cabeza del Ministerio de Minas y Energía, estableciendo expresamente su rol frente a estos mecanismos. Esta medida busca contener el déficit del FEPC, mejorar la focalización del gasto público y avanzar en el cumplimiento de los compromisos fiscales, sociales y ambientales del país.

 

Ver: PROYECTO DE DECRETO Por el cual se adiciona el Decreto 1068 de 2015 en relación con el mecanismo diferencial de estabilización de precios del Aceite Combustible para Motores (ACPM) para vehículos de servicio particular, diplomático y oficial, de tipo automóvil, camioneta, campero y cuatrimoto, y se modifica el Decreto 1073 de 2015 en cuanto al control y vigilancia de este mecanismo. Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Minas Energía.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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