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Contratación¿Está inhabilitada la persona que elaboró los estudios y diseños de un proyecto de infraestructura para ser interventor del mismo?

07/09/2025

No existe una disposición legal expresa que configure una inhabilidad para que una persona natural o jurídica que haya elaborado los estudios y diseños de un proyecto de infraestructura pueda posteriormente ser contratada como interventora del contrato correspondiente. En atención al carácter taxativo y al criterio de interpretación restrictiva que aplica respecto de las disposiciones que integran el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, el hecho de haber realizado dichos estudios y diseños, por sí solo, no impide la participación en un proceso de selección para interventoría.

 

En el caso de los ingenieros, el artículo 44 de la Ley 842 de 2003 no establece una inhabilidad contractual, sino una prohibición de carácter ético y disciplinario aplicable a aquellos profesionales que hayan actuado como asesores de la entidad contratante en un concurso o licitación. Esta prohibición les impide intervenir posteriormente en tareas derivadas del mismo proceso, salvo que dicha participación estuviera expresamente autorizada en las bases del concurso.

 

No obstante, esta norma no prohíbe que quien haya elaborado los estudios y diseños sea contratado como interventor del contrato correspondiente, puesto que el solo hecho de haber realizado los estudios y diseños no implica que se haya actuado como asesor de la entidad. La restricción solo podría aplicarse si, además, la persona hubiera participado como asesor en el proceso de contratación del proyecto de obra.

 

Ver: CONCEPTO C-1028 de 2025. Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente. Bogotá D.C.; Primero (01) de septiembre de dos mil veinticinco (2025).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

 

 

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