La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia profirió, el 29 de junio de 2022, sentencia dentro del proceso adelantado en contra del ex gobernador del departamento de Cesar, mediante la cual impuso pena principal de cinco (5) años y dos (2) meses de prisión, al encontrar que, en la suscripción de contratos de obra, fraccionó el objeto contractual y acudió a la contratación directa cuando la modalidad de selección que correspondía era la licitación pública.
Sobre el delito de contrato sin cumplimiento de los requisitos legales, la Corte Suprema reiteró que es una simple actividad o mera conducta, y puede “estar ligado a la tramitación, celebración o liquidación, más no a su ejecución, ello en armonía con el principio de estricta tipicidad”.
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FRANCISCO FAJARDO Abogados & Asociados