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ActualidadNuevas tarifas en trámites ante Cámaras de Comercio: más equidad y beneficios para micro y pequeñas empresas en 2025.

26/01/2025

A partir del 1 de enero de 2025, comenzó a regir el Decreto 045 de 2024, mediante el cual el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo actualizó las tarifas aplicables a diversos trámites empresariales realizados ante las Cámaras de Comercio en Colombia.

 

Principales Cambios Tarifarios

  1. Derechos de registro y renovación para establecimientos de comercio, sucursales y agencias:

Imágenes tomadas del Decreto 045 de 2024.

 

La tabla anterior establece las tarifas según el rango de activos de la empresa matriz y la jurisdicción en la que opera. Las tarifas están expresadas en UVB (Unidades de Valor Base), diferenciando entre operaciones dentro de la misma jurisdicción y en jurisdicciones diferentes.

 

  • Empresas con activos más bajos (hasta 6.500 UVB) tienen tarifas de 4 UVB (misma jurisdicción) y 8 UVB (diferente jurisdicción).
  • En activos mayores a 10.000.000 UVB, las tarifas ascienden a 40 UVB y 80 UVB, respectivamente.

 

Este esquema beneficia a empresas pequeñas y medianas al mantener tarifas bajas en los rangos iniciales, incentivando el registro formal en jurisdicciones locales.

 

  1. Derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil

Imágenes tomadas del Decreto 045 de 2024.

 

La segunda tabla introduce una fórmula proporcional que considera los rangos de activos empresariales. Por ejemplo:

 

  • Empresas con activos hasta 6.500 UVB pagan una tarifa base de 2 UVB, incrementada proporcionalmente según su valor activo.
  • Para empresas con más de 2.000.000 UVB, la tarifa asciende a 753 UVB, incrementándose a razón de 0,0125 UVB por cada 1.000 UVB adicionales en activos.

 

Esta metodología busca equidad, cargando mayores tarifas a grandes empresas mientras protege a micro y pequeños empresarios.

 

Implicaciones para los Empresarios

Según el Ministerio de Comercio, esta reforma tarifaria tiene como objetivo beneficiar al 90% del tejido empresarial colombiano, estableciendo un esquema más competitivo y proporcional para micro y pequeñas empresas. Estas modificaciones son particularmente relevantes para nuevos emprendimientos y negocios locales, pues fomentan la formalización al mantener tarifas accesibles en los primeros rangos de activos.

 

Observaciones Finales

Se recomienda a los empresarios analizar sus activos y los rangos tarifarios correspondientes para calcular con precisión los costos de sus trámites ante las Cámaras de Comercio en 2025.

 

Ver DECRETO 045 DE 2024 ““Por el cual se modifican los artículos 2.2.2.46.1.1., 2.2.2.46.1.2, 2.2.2.46.1.3., 2.2.2.46.1.4., 2.2.2.46.1.5. y 2.2.2.46.1.6. y se adiciona el artículo 2.2.2.46.1.12, en la sección 1 del Capítulo 46, del Título 2, de la Parte 2, del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, sobre tarifas de derechos por registro y renovación de la matricula mercantil, y se dictan otras disposiciones”. Ministerio de Comercio, Industria y Comercio. Bogotá D.C., 30 de enero de 2024.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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