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Contratación¿Requiere un alcalde autorización del concejo para celebrar contratos? Colombia Compra Eficiente aclara el alcance de esta facultad

16/06/2025

Colombia Compra Eficiente, mediante Concepto C-500 de 2025, aclaró en qué casos debería existir un aval de los Concejos Municipales cuando un alcalde desee realizar la suscripción de contratos atípicos como el de comodato.

 

La Agencia reiteró que contratos como el de comodato, aunque no se encuentren tipificados en el Estatuto General de la Administración Pública, son contratos estatales atípicos y, por tal razón, su normatividad se encuentra sujeta a normas de carácter civil o comercial.

 

De esta manera, frente a la facultad que les asiste a corporaciones como los Concejos Municipales, recordó la Agencia que tanto la Constitución Política como las normas concordantes han reglamentado los casos en que la autorización al alcalde para contratar se encuentra supeditada a un aval previo por parte del Concejo, y así lo determina el Parágrafo 4 del Artículo 18 de la Ley 1551 de 2012:

 

“PARÁGRAFO 4o. De conformidad con el numeral 3o. del artículo 313 de la Constitución Política, el Concejo Municipal o Distrital deberá decidir sobre la autorización al alcalde para contratar en los siguientes casos:

  1. Contratación de empréstitos.
  2. Contratos que comprometan vigencias futuras.
  3. Enajenación y compraventa de bienes inmuebles.
  4. Enajenación de activos, acciones y cuotas partes.
  5. Concesiones.
  6. Las demás que determine la ley.”

 

Finalmente, el concepto concluye que la autorización del concejo para contratos de comodato dependerá exclusivamente de si ha sido prevista expresamente por la ley o por un acuerdo municipal. Por lo tanto, no existe una obligación general para que el alcalde obtenga dicha autorización, y cada entidad contratante deberá analizar su caso conforme al marco normativo vigente.

 

Ver: CONCEPTO C-500 DE 2025. Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente. ANCP-CCE. Bogotá D.C., 04 de junio de 2025.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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