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Asuntos JudicialesTribunal de La Guajira ordena reparación integral por masacre de Bahía Portete con enfoque de género y étnico

14/08/2025

El 18 de abril de 2004, un grupo paramilitar de las AUC, denominado “contrainsurgencia Wayúu”, irrumpió en el corregimiento de Bahía Portete, Uribia (La Guajira), asesinando de forma atroz a Margoth Ballesteros Epinayú, autoridad tradicional del pueblo indígena Wayúu. La incursión, que incluyó homicidios, profanaciones y desplazamiento forzado de más de 600 personas, se produjo pese al conocimiento previo de las amenazas por parte de las autoridades, sin que estas adoptaran medidas para prevenirla. Los familiares demandaron a la Nación por responsabilidad patrimonial y extracontractual. En primera instancia, el Juzgado Segundo Administrativo Mixto de Riohacha condenó parcialmente a la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército y Policía Nacional por perjuicios morales a dos de los hijos de la víctima. La Policía apeló, alegando ausencia de nexo causal y atribución del daño a terceros.

 

El Tribunal destacó que, aunque la apelación se limitó a cuestionar la responsabilidad de la Policía Nacional, los hechos constituyen graves violaciones a derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario, lo que habilita la adopción de medidas de justicia restaurativa más allá del ámbito indemnizatorio. Se aplicó un análisis con enfoque de género, por tratarse de violencia extrema contra una mujer, y con enfoque diferencial étnico, dada la pertenencia de la víctima al pueblo Wayuu y su calidad de líder ancestral, reconociendo la afectación colectiva de la comunidad y su cosmovisión. También se utilizó la interseccionalidad para visibilizar la convergencia de factores de discriminación (género, etnia, edad y rol comunitario) que agravaron la vulnerabilidad y el impacto del crimen. El Tribunal consideró probado que la fuerza pública conocía el contexto de riesgo en la zona y omitió actuar, configurándose una falla en el servicio.

 

El Tribunal Administrativo de La Guajira modificó la sentencia de primera instancia y, además de confirmar la condena contra la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional por los perjuicios morales reconocidos, ordenó medidas de reparación integral con enfoque diferencial, orientadas a restituir, rehabilitar y garantizar la no repetición de hechos similares, protegiendo tanto los derechos de las víctimas directas como la integridad cultural del pueblo Wayuu.

 

Ver: SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA Rama Judicial Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo Tribunal Administrativo de la Guajira. Magistrado Ponente: Dilan Andrés Gámez Quijada. Bogotá D.C; nueve (09) de julio de dos mil veinticinco (2025).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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