info@franciscofajardoabogados.com
Estamos en Colombia

Síganos:  

                 

Asuntos JudicialesViolencia política y personería jurídica: Consejo de Estado ratifica personería del partido Verde Oxígeno

26/09/2025

Mediante sentencia del 21 de agosto de 2025, el Consejo de Estado, Sección Quinta, estudió la procedencia de la solicitud de nulidad de la Resolución 8805 del 1° de diciembre de 2021, mediante la cual el Consejo Nacional Electoral reconoció personería jurídica al partido Verde Oxígeno de la líder política Íngrid Betancourt Pulecio.

 

La corporación determinó que el reconocimiento de personería jurídica del partido Verde Oxígeno cumplió con los lineamientos impartidos por la Corte Constitucional en la sentencia SU-257 de 2021, ya que se acreditaron actos de violencia política contra el partido, similares a los del Nuevo Liberalismo, como son:

 

FACTOR NUEVO LIBERALISMO VERDE OXÍGENO
Personería jurídica anterior al hecho de violencia Resolución 006 de 1986 Resolución 0035 de 1998
Logros electorales con la personería jurídica Elección de 13 congresistas período 1986-1990
Elección de 48 alcaldes y 236 concejales y 19 diputados en las elecciones del 13 de marzo de 1988
Elección de dos senadoras período 1998-2002
Inscripción de candidata a la Presidencia de la República período 2002-2004
Hecho determinante de violencia Asesinato del candidato presidencial Luis Carlos Galán Sarmiento en agosto de 1989 Secuestro de la señora Ingrid Betancourt Pulecio representante legal y candidata a la Presidencia de la República, en febrero de 2002
Solicitud de restitución de personería jurídica Peticiones del 21 y 28 de noviembre de 2017, presentadas por los señores Fernando Galindo González, Carlos Ardila Ballesteros y Gloria Pachón de Galán Petición del 28 de octubre de 2021, formulada por la señora Ingrid Betancourt Pulecio

 

Conforme a lo anterior, el Consejo de Estado concluyó que, la resolución demandada no incurrió en situación de nulidad y sostuvo que, “por el contrario, al momento de resolver sobre la personería jurídica que se reprocha, la autoridad competente siguió los lineamientos de la jurisprudencia en la materia y consideró que el caso ameritaba inaplicar la regla ordinaria prevista en la norma constitucional, ante un hecho grave de violencia que hizo imposible la permanencia del partido Verde Oxígeno en el escenario político y electoral del país”.

 

En esa misma línea se avaló el argumento del Consejo Nacional Electoral, quien, al reconocer personería al partido Verde Oxígeno en 2021, determinó:

 

“En el análisis de las circunstancias que rodearon la pérdida de personería jurídica del Partido Verde Oxígeno, se encontró una situación excepcional y de violencia que no le permitió participar en condiciones de igualdad en los certámenes electorales de la época, impidiendo en el año 2002 a la organización política alcanzar el umbral electoral necesario para la personería jurídica, la cual le fuera cancelada en el 2004. De ahí que se cumplan los presupuestos señalados en la sentencia SU-257 de 2021 de la Corte Constitucional para el reconocimiento de la personería jurídica.”

 

Ver: SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA. Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Quinta. Radicación: 11001-03-28-000-2024-00197-00 y 11001-03-28-000-2024-00200-00; Magistrada Ponente: Gloria María Gómez Montoya. Bogotá D.C., veintiuno (21) de agosto de dos mil veinticinco (2025).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

https://franciscofajardoabogados.com/wp-content/uploads/2021/09/17-francisco-fajardo-abogados-pasto.png
Estamos en Barranquilla, Bogotá, Cali, Popayán, Pasto.
info@franciscofajardoabogados.com

VISITAS TOTALES

Our Visitor

261020

CONTÁCTENOS

Síganos: