Colombia Compra Eficiente emitió la Circular 004 de 2023, dirigida a entidades territoriales de categorías especial, primera, segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta; por medio de la cual explica la implementación del Sistema de Información de Gestión de Estampilla Contractual-SIGEC.
Dicho sistema se estableció para la adopción de las estampillas electrónicas en cumplimiento del artículo 13 de la Ley 2052 de 2020, que señala:
“ARTÍCULO 13. DESMATERIALIZACIÓN Y AUTOMATIZACIÓN DE ESTAMPILLAS ELECTRÓNICAS. Las estampillas como tributo documental autorizadas por ley, deberán emitirse, pagarse, adherirse o anularse a través de medios electrónicos, bajo el criterio de equivalencia funcional.
PARÁGRAFO 1. Para dar cumplimiento a este mandato, de acuerdo con la forma y recursos que le sean asignados, la Agencia Nacional de Contratación Pública, organizará dentro del Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP), o la plataforma que haga sus veces, como punto único de ingreso de información y de generación de reportes del Sistema de Compras y Contratación Pública, las funcionalidades tecnológicas para el cumplimiento de este artículo (…)”
En la mentada circular, se explica que el SIGEC se implementa de manera exclusiva a los contratos que se encuentren gravados con un tributo de estampilla y sean celebrados por entidades territoriales. Para registrarse, se deberá hacer la solicitud ante la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, siguiendo los pasos señalados en el documento.
De esta forma, dichas entidades deberán adelantar las medidas necesarias para su implementación.
Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.