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ActualidadCNE investiga la campaña de Petro por presuntas irregularidades millonarias en su financiación

28/08/2025

El Consejo Nacional Electoral (CNE) conoció una ponencia de resolución sancionatoria contra la campaña presidencial de la Coalición Pacto Histórico en 2022, así como contra los ciudadanos Gustavo Francisco Petro Urrego, su gerente Ricardo Roa Barragán, la tesorera Lucy Aydee Mogollón Alfonso, la auditora María Lucy Soto Caro, el Movimiento Político Colombia Humana y el Partido Unión Patriótica (UP).

 

La ponencia se fundamenta en presuntas irregularidades en la financiación y en el reporte de ingresos y gastos de la campaña tanto en primera como en segunda vuelta, que incluyen omisiones de aportes, la recepción de recursos de personas jurídicas —prohibidos por la ley— y la superación de los topes legales. En efecto, el CNE estableció que se habrían excedido los límites permitidos en $3.709.361.342 durante la primera vuelta y en $1.646.386.773 durante la segunda vuelta.

 

Entre los cargos formulados destacan la omisión de reportar el aporte de FECODE por $500 millones y un préstamo del Partido Polo Democrático Alternativo por el mismo valor, así como la exclusión de pagos a testigos electorales por $931.290.000 en primera vuelta y $177.680.000 en segunda vuelta. También se señalan aportes no declarados de la Unión Sindical Obrera (USO), por $121.544.000 en la primera vuelta y $379.019.511 en la segunda. A ello se suma la falta de reporte de pagos de la campaña al Senado de la Coalición Pacto Histórico por $202.471.731, así como gastos efectuados por el Movimiento Político Colombia Humana por $530.579.983 para actividades logísticas.

 

La ponencia igualmente cuestiona la financiación prohibida por personas jurídicas. En la primera vuelta se mencionan aportes provenientes de FECODE, Ingenial Media S.A.S. y la USO, mientras que en la segunda vuelta se incluyen aportes de Servi Red S.A.S., Ingenial Media S.A.S. y la USO.

Otros hechos relevantes son la omisión en el reporte de una factura de Caracol Televisión S.A. por $356.102.872 por concepto de publicidad en internet, el gasto de $100.000.000 asociado al evento de cierre de campaña en el Movistar Arena, y la falta de inclusión de los ingresos y egresos por transporte aéreo, que ascendieron a $1.249.793.230 en primera vuelta y $962.957.784 en segunda vuelta.

 

La base legal de la ponencia se apoya en el artículo 109 de la Constitución Política, en los artículos 12, 14 y 19 de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales), en el artículo 24 de la Ley 1475 de 2011, y en la sentencia C-1153 de 2005 de la Corte Constitucional, que prohíbe la financiación de campañas por parte de personas jurídicas. Asimismo, se invoca la Resolución 0694 de 2022 del CNE, que fijó los topes de ingresos y gastos de las campañas presidenciales.

 

En síntesis, la ponencia recoge un conjunto de presuntas omisiones, irregularidades contables y aportes prohibidos que habrían llevado a la campaña del Pacto Histórico a superar significativamente los topes legales en ambas vueltas presidenciales de 2022.

 

Ver: PONENCIA CONSEJO NACIONAL ELECTORAL DE COLOMBIA. Magistrados ponentes: Álvaro Hernán Prada Artunduaga, Benjamín Ortiz Torres.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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