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ActualidadMinenergía estandariza cargadores y exige transparencia de costos en tiempo real para la movilidad eléctrica.

01/12/2025

El Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución N° 40559 del 21 de noviembre de 2025 con el objetivo de establecer los lineamientos de interoperabilidad para la infraestructura de carga de vehículos eléctricos e híbridos enchufables en Colombia. Esta medida busca fomentar la transparencia y la planeación del sector.

 

Nuevos Estándares de Conectores y Plazo de Transición: Uno de los cambios más relevantes es la adopción de estándares internacionales para los conectores de las estaciones de carga de acceso público, se establece el Conector Tipo 2 para la carga en Corriente Alterna (CA) y el CCS Combo 2 para la carga rápida en Corriente Directa (CD). La Resolución otorga un plazo de dieciocho (18) meses para que las estaciones de carga que ya se encuentran operando realicen la adecuación de su infraestructura a estos nuevos estándares.

 

Obligación de Reporte y Transparencia en Costos: La norma impone una obligación de reporte a los Operadores de Puntos de Carga (CPO) y Proveedores de Servicios de Movilidad (MSP), quienes deberán reportar información clave en un intervalo de 60 segundos o el que defina la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME). Dicho reporte se realizará bajo el protocolo OCPI versión 2.2.1 (Open Charge Point Interface), y debe incluir datos esenciales para el usuario, como el estado del punto de carga, su ubicación y, crucialmente, el costo del servicio (precio por kWh, tiempo o sesión), garantizando mayor claridad en la experiencia de recarga.

 

Incentivo para la Competitividad Económica: Con el fin de fomentar la sostenibilidad y la competitividad, la Resolución establece que los prestadores del servicio de carga quedan exentos de los límites de potencia o energía mensuales fijados en la Resolución CREG 131 de 1998, permitiéndoles contratar el suministro de energía eléctrica directamente en el mercado no regulado.

 

Ver: RESOLUCIÓN 40559. Ministerio de Minas y Energía. Por la cual se adoptan lineamientos de interoperabilidad para el reporte, gestión y consulta de información generada por las estaciones de carga de acceso público para vehículos eléctricos e híbridos enchufables y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C; veintiuno (21) de noviembre de dos mil veinticinco (2025).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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