info@franciscofajardoabogados.com
Estamos en Colombia

Síganos:  

                 

ActualidadMinisterio de Minas y Energía define las reglas para la contratación a largo plazo de energía eléctrica en Colombia

17/06/2026

El Ministerio de Minas y Energía (MME) expidió oficialmente la Resolución 40178 del 30 de marzo de 2026. Con esta normativa, el Gobierno Nacional establece el marco general para implementar mecanismos competitivos de contratación a largo plazo en el sector eléctrico, buscando asegurar el abastecimiento de la demanda bajo criterios de eficiencia económica y viabilidad financiera.

 

La medida tiene como prioridad impulsar la integración de Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) y el uso de tecnologías de vanguardia, como el almacenamiento de energía, para fortalecer la resiliencia del sistema ante los efectos del cambio climático, así mismo establece como puntos claves:

 

  • El mecanismo de contratación a largo plazo será de carácter voluntario tanto para los compradores (comercializadores) como para los vendedores (generadores) del Mercado de Energía Mayorista (MEM).

 

  • Los contratos se asignarán mediante un algoritmo de optimización diseñado para maximizar el beneficio del consumidor final. Los precios corresponderán a las ofertas de venta adjudicadas.

 

  • El Ministerio podrá designar a una persona jurídica (pública, privada o mixta) para implementar, ejecutar y administrar centralizadamente el mecanismo, los contratos y las garantías. También se abre la puerta a que el Ministerio asuma esta gestión directamente.

 

  • Atendiendo las sugerencias de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), se determinó que las garantías exigidas (seriedad de la oferta, cumplimiento, pago y puesta en operación) deberán ser proporcionales a los riesgos reales, evitando barreras de entrada financieras.

 

  • Con esta resolución, se busca acelerar el cumplimiento de las metas del Plan Nacional de Desarrollo, apuntando a incorporar000 MW nuevos de energía renovable a la matriz energética nacional.

 

Para garantizar la transparencia y la seguridad jurídica del sistema, la resolución delimita las responsabilidades de los actores del mercado:

 

Para los Vendedores:

  • Cumplir estrictamente con laFecha de Entrada en Operación Comercial del proyecto.
  • Presentar la “Curva S” para el monitoreo y seguimiento de los hitos de construcción.
  • Suministrar la energía pactada en las condiciones y precios acordados.

Para los Compradores:

  • Pagar la energía contratada de acuerdo con las reglas del mecanismo.
  • Constituir y mantener vigentes las garantías de pago para respaldar sus obligaciones.

 

El proceso contará con una rigurosa supervisión técnica y regulatoria, para los efectos, se exigirá la contratación de un auditor externo con experiencia, quien verificará que el proceso cumpla con las reglas vigentes y las condiciones de competencia fijadas por la CREG. Si se detectan irregularidades, el auditor podrá solicitar la suspensión del mecanismo y el proceso no producirá efectos jurídicos.

 

Asimismo, la entidad ejecutora deberá diseñar y operar una plataforma tecnológica propia dotada de estrictos protocolos de ciberseguridad y planes de contingencia para el intercambio electrónico de información, precalificación y presentación de ofertas.

 

Ver: RESOLUCIÓN 40178. Por la cual se definen las reglas generales para la implementación de mecanismos de contratación a largo plazo de energía eléctrica, en cumplimiento de los objetivos y lineamientos establecidos en el artículo primero del Decreto número 1091 de 2025. Ministerio de Minas y Energía. Diario Oficial No. 53.444 de 30 de marzo de 2026. 

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

https://franciscofajardoabogados.com/wp-content/uploads/2021/09/17-francisco-fajardo-abogados-pasto.png
Estamos en Barranquilla, Bogotá, Cali, Popayán, Pasto.
info@franciscofajardoabogados.com

VISITAS TOTALES

Our Visitor

385573

CONTÁCTENOS

Síganos: