La inteligencia artificial puede utilizarse como herramienta de apoyo en los procesos de contratación estatal, incluso para la elaboración de estudios y documentos previos, el análisis de mercado, la identificación de riesgos y la estructuración de requisitos técnicos. Actualmente, no existe una regulación específica que discipline integralmente este uso, ni una disposición que lo prohíba expresamente. Sin embargo, su utilización debe sujetarse al marco jurídico y a los principios que rigen la actividad contractual.
Uno de los principales riesgos está en la información que generan estas herramientas. Pueden producir datos inexactos, referencias normativas o jurisprudenciales inexistentes, precios que no corresponden a las condiciones del mercado y contenidos desactualizados. Por ello, la información obtenida mediante inteligencia artificial debe contrastarse con fuentes oficiales antes de incorporarse a los documentos del proceso contractual.
También deben prevenirse los sesgos algorítmicos que puedan conducir a requisitos desproporcionados o injustificados, capaces de restringir la participación de los interesados y afectar la selección objetiva. La estructuración de las condiciones contractuales exige, por tanto, verificar que los requisitos habilitantes, los factores de evaluación y las especificaciones técnicas respondan a criterios objetivos y adecuados al proceso.
El límite fundamental está en la imposibilidad de trasladar a la inteligencia artificial las competencias que corresponden a los funcionarios. La herramienta puede asistir en labores técnicas, descriptivas y procedimentales, pero no sustituir el razonamiento humano requerido para valorar circunstancias, adoptar decisiones o motivar las actuaciones administrativas. El control humano debe ser efectivo: no basta con firmar el documento generado, sino que es necesario revisar sustancialmente su contenido, validar la información, corregir los errores o descartar los resultados que no sean adecuados.
Cuando el uso de estas herramientas tenga una incidencia sustantiva en el contenido de un documento, debe dejarse constancia de ello. Asimismo, su implementación requiere medidas de trazabilidad y protección de la información reservada y de los datos personales. Estas precauciones son especialmente relevantes en una actividad que compromete recursos públicos y está orientada a la satisfacción del interés general.
En definitiva, la inteligencia artificial puede apoyar la gestión contractual, pero no desplaza los deberes de planeación, selección objetiva, motivación y responsabilidad. La decisión sigue siendo humana, la competencia permanece en cabeza del funcionario y la responsabilidad por las actuaciones no desaparece por el uso de una herramienta tecnológica.
Ver: CONCEPTO 1015.Colombia Compra Eficiente. Bogotá D.C; 10 de agosto de 2026.
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