Asuntos JudicialesCaducidad de la acción de grupo se cuenta desde que se causó el daño, independientemente de si se tiene certeza o no sobre la conformación del respectivo grupo.
Acción de grupo: la falta de certeza de la conformación del grupo, no incide en el término para computar su caducidad; ésta se cuenta desde el momento en que se causó el daño.