Colombia Compra Eficiente, a través del Concepto C 020 de 2025, indicó que las entidades estatales pueden dividir los procesos de contratación en lotes, segmentos o grupos con el fin de facilitar la ejecución de los contratos y optimizar el uso de los recursos públicos.
No obstante, para llevar a cabo esta división, es necesario evaluar previamente su conveniencia, eficiencia y economía en la ejecución del contrato.
Asimismo, recordó que el Decreto 1082 de 2015 faculta a las entidades para segmentar los procesos en lotes o grupos con el propósito de fomentar la participación de las Mipymes. Sin embargo, dicha división debe sustentarse en un análisis de conveniencia y considerar criterios como el tipo de entregable, el valor del contrato y el ámbito geográfico.
En este sentido, si una entidad decide dividir el proceso de contratación, deberá reflejar esta decisión en su Plan Anual de Adquisiciones y establecer reglas claras sobre la participación. Esto garantizará que no haya confusión respecto a los lotes que pueden ser adjudicados a un mismo proponente.
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Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.