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Asuntos JudicialesConsejo de Estado ordena al presidente Petro ofrecer disculpas públicas por declaraciones en redes sociales

09/03/2025

El Consejo de Estado resolvió la acción de tutela interpuesta por un activista político de la oposición contra el presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, por las declaraciones emitidas en su cuenta oficial de la red social “X” el 23 de noviembre de 2023. En dicha publicación, el mandatario calificó como “victimarios” a los convocantes de las marchas programadas para el día siguiente, lo que dio lugar a un debate sobre los límites de la libertad de expresión de los funcionarios públicos.

 

Al analizar el caso, la Sala reiteró que la libertad de expresión comprende todas las formas de opinión, incluyendo aquellas de carácter político, científico, histórico, moral o religioso, y que no están sujetas a cargas de veracidad o imparcialidad. No obstante, enfatizó que este derecho no es absoluto y que los funcionarios públicos deben observar límites específicos, entre ellos:

 

  • Diligencia en la verificación de hechos: Los servidores públicos deben constatar la veracidad de los hechos en los que basan sus opiniones con mayor rigor que los ciudadanos del común, para evitar la difusión de versiones distorsionadas o manipuladas.

 

  • Deber de prudencia y respeto: En su calidad de garantes frente a la sociedad, los funcionarios deben ser más cuidadosos en sus declaraciones públicas.

 

  • Responsabilidad política: Las manifestaciones de los servidores públicos inciden en la formación de la opinión pública, lo que justifica un escrutinio más estricto sobre una posible extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

 

Con base en estos criterios, el Consejo de Estado determinó que las expresiones del presidente Petro constituyeron opiniones dentro del marco de la libertad de expresión. Sin embargo, precisó que, debido a su investidura, sus afirmaciones deben contar con una justificación fáctica mínima para evitar cualquier forma de estigmatización o discriminación.

 

En este caso, el alto tribunal concluyó que el jefe de Estado estigmatizó a los organizadores y participantes de la marcha del 24 de noviembre de 2023 al calificarlos como “victimarios”, lo que vulneró su derecho fundamental a la protesta. Por ello, determinó que el presidente de la República excedió los límites de la libertad de opinión de los funcionarios públicos y ordenó que ofreciera disculpas públicas.

 

La respectiva disculpa pública deberá ser publicada en las redes sociales oficiales de la Presidencia, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) y en la cuenta personal de “X” del mandatario.

 

Ver SENTENCIA. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta. Radicación 11001-03-15-000-2024-06460-00. Magistrado ponente: Pedro Pablo Vanegas Gil. Bogotá D.C., 06 de marzo de 2025.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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