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Asuntos JudicialesCorte Suprema de Justicia condena al exsenador José Ignacio Mesa Betancur por concierto para delinquir agravado

14/05/2025

La Corte Suprema de Justicia condenó al exsenador José Ignacio Mesa Betancur por el delito de concierto para delinquir agravado. Mesa Betancur fue una figura destacada en la política antioqueña: fue el candidato más joven elegido a la Asamblea Departamental de Antioquia, se desempeñó como Alcalde de Envigado entre 1995 y 1997 y ejerció como senador de la República durante dos periodos consecutivos, entre 1998 y 2006.

 

La condena obedece a su vinculación, con ánimo de permanencia, a la estructura criminal conocida como la “Oficina de Envigado”, asociada con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). De acuerdo con el fallo, esta relación tenía como finalidad obtener respaldo electoral para sus aspiraciones políticas, tanto a la Alcaldía de Envigado como al Senado de la República. A cambio, se comprometió a gestionar acciones desde su cargo como servidor público que favorecieran los intereses de dicha organización ilegal, la cual buscaba expandir su control territorial hacia Medellín, capital del departamento.

 

La Corte concluyó que el exsenador utilizó su cargo para favorecer a este grupo al margen de la ley, desatendiendo su deber de proteger el bien jurídico de la seguridad pública. El análisis probatorio evidenció que Mesa Betancur era consciente de la ilicitud de sus actos, lo que confirma la configuración del delito de concierto para delinquir agravado y su responsabilidad penal.

 

En consecuencia, la Corte lo condenó como autor del delito mencionado, imponiéndole una pena de 76 meses de prisión, que deberá cumplir en un establecimiento penitenciario determinado por el INPEC. Además, se le impuso una multa equivalente a 3.000,35 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos, así como la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo periodo de la pena principal. Cabe resaltar que le fueron negados tanto la suspensión condicional de la ejecución de la pena como el beneficio de prisión domiciliaria.

 

Ver SENTENCIA. Corte Suprema de Justicia. Radicación: 11001020400020110013300; Magistrado Ponente: Blanca Nélida Barreto Ardila. Bogotá D.C., 13 de mayo de 2025.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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