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Asuntos JudicialesCorte Suprema lanza alerta: la IA no puede reemplazar el criterio judicial ni exime al juez de verificar sus fuentes

24/11/2025

En un fallo que marca un precedente relevante en la administración de justicia, la Corte Suprema de Justicia concedió una acción de tutela y dejó sin efecto una providencia emitida por la Sala Civil, Familia y Laboral del Tribunal Superior de Sincelejo.

 

La decisión del alto tribunal se basó en la existencia de un “defecto configurativo de vía de hecho”, al comprobar que el Tribunal fundamentó su auto en citas jurisprudenciales inexistentes en los fallos referenciados.

 

La controversia surgió dentro de un proceso ejecutivo, en el que la parte demandada solicitó la terminación del proceso por desistimiento tácito, argumentando inactividad procesal. Aunque el juzgado de primera instancia negó la petición, el Tribunal Superior de Sincelejo revocó dicha decisión mediante auto del 25 de agosto de 2025, decretando la finalización del litigio.

 

Para sustentar su fallo, el Tribunal consideró que la solicitud cautelar presentada por la demandante el 11 de julio de 2024, utilizada para interrumpir los plazos, era “jurídicamente irrelevante”.

 

El problema se desató cuando la Corte Suprema revisó la motivación del Tribunal y descubrió que el auto se apoyaba en extractos falsamente atribuidos a las sentencias CSJ STC13560-2023 y STC4734-2025. Al comparar las citas con los textos originales, la Corte comprobó que los párrafos transcritos no existían y no reflejaban el contenido real de las providencias mencionadas.

La Corte calificó este error como trascendental, pues constituía el único fundamento esencial del auto y afectó directamente el debido proceso de la accionante.

 

La Sala de Casación Civil advirtió que la providencia recurrida se basó en un contenido falso e insuficientemente sustentado, vulnerando las garantías procesales de la demandante. Este caso evidencia la urgente necesidad de rigor y verificación de las fuentes jurídicas por parte de los funcionarios judiciales.

 

Como medida de protección, la Corte Suprema dejó sin efecto el auto del Tribunal y ordenó que el recurso de apelación sea resuelto nuevamente. Además, dispuso la difusión de la providencia al Consejo Superior de la Judicatura, como alerta y guía para todas las autoridades judiciales del país.

 

Ver: SENTENCIA STC17832-2025. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Agraria y Rural. Rad. 11001-02-03-000-2025-05001-00. Magistrada ponente: Adriana Consuelo López Martínez. Bogotá, D.C. cinco (5) de noviembre de dos mil veinticinco (2025).

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

 

 

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