Se aclara el alcance del llamamiento en garantía y la diferencia con la demanda de reconvención. La sala precisó que el juzgador de primera instancia dio una interpretación inadecuada de la demanda de controversias contractuales, al no haberle dado el trámite correspondiente, lo que configuró la vulneración del derecho de acción y acceso a la administración de justicia, por lo cual, concedió el amparo.
Área de litigios y Asuntos Judiciales
FRANCISCO FAJARDO Abogados & Asociados