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ContrataciónEntidades exceptuadas del Estatuto General de Contratación: deber de publicar los documentos relacionados con su actividad contractual en el SECOP II

15/04/2023

Colombia Compra Eficiente, en concepto C 071 de 2023, explicó el deber de las entidades exceptuadas del Estatuto General de Contratación, de publicar en la plataforma SECOP II, todos y cada uno de los documentos relacionados con su actividad contractual. Lo anterior en aplicación del principio de transparencia, como obligación de las autoridades de dar publicidad a sus actos, contratos y decisiones.

Señaló que el artículo 53 de la ley 2195 de 2022, asignó la obligación a todas las entidades que cuenten con un régimen contractual exceptuado a la del EGCAP, de publicar los documentos relacionados con su actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II, o la plataforma transaccional que haga sus veces.

Así, en referencia a los documentos relacionados con su actividad contractual, señaló que corresponden a: “documentos, contratos, actos e información generada por oferentes, contratista, supervisor o interventor, tanto en la etapa precontractual, como en la contractual o postcontractual”, sin excepción alguna con la naturaleza u objeto contractual.

Igualmente aclaró que la expresión: “o la plataforma transaccional que haga sus veces”, no autoriza a las entidades con régimen contractual exceptuado a realizar dicha publicación en sus páginas web o sus propios portales electrónicos, sino que debe interpretarse que, en el caso de que no exista la plataforma transaccional SECOP II, la publicación deberá realizarse en la plataforma que la reemplace o sustituya, que puede denominarse de forma distinta.

Finalmente, advirtió que el deber de publicación comentado, sólo se aplica a la actividad contractual realizada con recursos públicos.

VER CONCEPTO CCE 071 DE 2023. Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente-. Bogotá D.C., 28 de marzo de 2023.

FRANCISCO FAJARDO Abogados & Asociados SAS

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