Colombia Compra Eficiente, a través del Concepto C-363 de 2023, establece que las organizaciones de base de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras cuentan con la capacidad para celebrar contratos con Entidades Estatales bajo la modalidad de contratación directa. Esto siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas en el literal n) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y el literal n) del artículo 6 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 2160 de 2021, el cual cita lo siguiente:
“El literal n) del artículo 6 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 2160 de 2021, establece que los contratos suscritos entre las entidades públicas y las organizaciones de base de personas pertenecientes a poblaciones afrocolombianas, raizales y palenqueras o con las demás formas y expresiones organizativas, con 10 o más años de haber sido incorporados en el correspondiente Registro Público Único Nacional y además, que hayan cumplido con el deber de actualización de información en el mismo registro podrán celebrar contratos bajo la modalidad de contratación directa, cuando el objeto del mismo se relacione con: i) el fortalecimiento de sus organizaciones, ii) la identidad étnica y cultural, y iii) la garantía de los derechos de las poblaciones de las mismas organizaciones.”
Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.