El Consejo de Estado – Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Primera, confirmó la decisión adoptada en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el marco de la acción popular radicada por la Defensoría del Pueblo, por la afectación de los derechos colectivos a la seguridad y salubridad pública, la prevención de desastres previsibles técnicamente y la correcta planificación urbana, en el municipio de Quetame, Cundinamarca.
El fallo responsabiliza a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), Coviandes S.A., la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y al Municipio de Quetame; especialmente a su Secretaría de Planeación, puesto que en el marco de las obras del proyecto vial Bogotá–Villavicencio, la construcción de la galería de escape del túnel, junto con detonaciones, socavación del río y falta de control urbanístico, puso en riesgo a las viviendas y actividades comerciales asentadas en el área, afectando la calidad de vida de sus habitantes.
En el debate probatorio, las entidades demandadas intentaron desvirtuar su responsabilidad aduciendo factores geológicos, el uso de técnicas constructivas seguras, y la antigüedad de las viviendas; sin embargo, el Consejo de Estado encontró probado un escenario de concausalidad entre las omisiones de control, la ejecución de obras, y la permisividad institucional que derivaron en la actual situación de riesgo y daño estructural de los bienes. Se pudo verificar que dichas entidades tenían conocimiento del riesgo, capacidad de intervención y omitieron actuar con diligencia, por lo que dicha providencia representa un precedente importante en materia de responsabilidad compartida entre el Estado y operadores privados en proyectos de infraestructura.
Finalmente se resalta que, las entidades deberán implementar de forma solidaria las siguientes medidas:
- Desalojo y reasentamiento de la comunidad afectada, conforme a lo definido en el dictamen pericial.
- Demolición técnica de los inmuebles en riesgo.
- Reglamentación del uso del suelo para impedir nuevas construcciones en zonas de alto riesgo.
Concertación con la comunidad sobre la ubicación del nuevo asentamiento y ejecución de estudios, permisos y licencias correspondientes.
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