El pasado 10 de junio de 2022, la ANDJ entregó a las Entidades Públicas, nuevo lineamiento para el uso de los mensajes de datos como medios de prueba en los procesos judiciales, abordando las generalidades, el procedimiento para identificación, recolección, aseguramiento, almacenamiento y entrega de mensajes de datos. Al respecto, indicó:
“La evidencia digital tiene unas características particulares que la diferencian de las pruebas tradicionales, en tanto es: (i) volátil, (ii) eliminable, (iii) duplicable, (iv) anónima y (v) alterable o modificable. Lo anterior, amerita que su tratamiento probatorio esté sujeto a unas normas especiales en sede judicial. Los mensajes de datos tienen plena admisibilidad y fuerza probatoria. Se valoran de conformidad con las reglas de la sana crítica, teniendo en cuenta, entre otros factores, la confiabilidad en (i) la forma en la que se haya generado, archivado o comunicado el mensaje; (ii) la forma en que se haya conservado la integridad de la información; y (iii) la forma en la que se identifique a su iniciador. La incorporación de mensajes de datos se podrá llevar a cabo por; (i) aporte de la prueba por una de las partes, (ii) decreto de oficio por parte del juez, (iii)inspección judicial y/o (iv) exhibición.”
Área de litigios y Asuntos judiciales
FRANCISCO FAJARDO Abogados & Asociados