El ordenamiento jurídico colombiano permite a las entidades estatales la utilización de los instrumentos de agregación de demanda que tienen como finalidad: “estandarización de las condiciones de adquisición, mejorar la posición de negociación y el precio final, y hacer más eficiente el Proceso de Contratación que deben adelantar las Entidades Estatales”.
En ese entendido, el artículo 102 del Plan Nacional de Desarrollo, creó un nuevo instrumento de agregación de demanda denominado ‘Sistema Dinámico de Adquisición’, el cual tendrá como característica principal que, durante toda la vigencia del mismo, se permitirá la participación de cualquier proponente que cumpla los criterios de selección.
Así las cosas, el nuevo instrumento de agregación de demanda será diferente a los actuales ‘Acuerdo Marco de Precios’ ya que, en estos, las entidades solo pueden contratar con los oferentes que lograron la habilitación de acuerdo al cronograma establecido.
Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.