La Senadora Nadia Georgette Blel Scaff del partido Conservador, el 25 de septiembre de 2024, radicó el Proyecto de Ley No. 258 “por medio de la cual se establecen medidas en favor de los contratistas del Estado, se fortalece la continua y eficiente presentación de los servicios públicos, se prohíbe la fragmentación de contratos de prestación de servicios y de apoyo a la gestión, y se dictan otras disposiciones.”.
Lo anterior, debido a que, en Colombia, las entidades del orden nacional y territorial contratan cerca de 354.246 personas a través de esta modalidad para atender situaciones especiales o contingencias relacionadas con la administración o funcionamiento de las mismas; no obstante, por medio del contrato de prestación de servicios se “ha venido supliendo de manera precaria las debilidades del sistema actual de carrera y modalidades de acceso a la función pública.”; añadiendo además que: “Satisfacer las necesidades del servicio de carácter permanente mediante esta modalidad ha conllevado a su desnaturalización, tras convertirse en un mecanismo de precarización de derechos laborales”
Por estas razones, el Proyecto de ley propone:
“Artículo 2. De la fragmentación de contratos. Se prohíbe la fragmentación de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión suscrito entre personas naturales y entidades públicas del Estado, cuando éstos versen sobre un mismo contratista, objeto, necesidad contractual y se ejecuten en una misma vigencia fiscal.
Las dependencias encargadas de la elaboración de los estudios previos de esta modalidad contractual, proyectarán el término de la necesidad atendiendo al plan anual de adquisiciones de la respectiva entidad.”
Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.