La Procuraduría General de la Nación expidió la Directiva 011 del 4 de junio de 2026, mediante la cual exhortó a entidades públicas de todos los niveles, organismos autónomos y de control, prestadores de servicios públicos, particulares que ejerzan funciones públicas o administren recursos públicos, así como partidos y movimientos políticos, a cumplir con el diligenciamiento de la información en el Índice de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITA).
La medida se fundamenta en la Ley 1712 de 2014, norma que reconoce el acceso a la información pública como un derecho fundamental de todas las personas para conocer y acceder a la información en poder de los sujetos obligados, estableciendo que cualquier restricción a este derecho debe ser excepcional.
En la directiva, la Procuraduría recordó que, por mandato legal, le corresponde supervisar y garantizar el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y acceso a la información pública en Colombia. Para ello, utilizará el Índice de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITA), herramienta diseñada para verificar el cumplimiento de los deberes de publicación y divulgación de información por parte de los sujetos obligados.
De acuerdo con el cronograma fijado, el diligenciamiento de la información deberá realizarse entre el 1 y el 31 de julio de 2026. Con esta actuación, el Ministerio Público busca fortalecer la cultura de transparencia, promover el acceso efectivo a la información pública y reforzar los mecanismos de vigilancia sobre las entidades y organizaciones obligadas a rendir cuentas ante la ciudadanía.
Ver: DIRECTIVA No. 0011 del 4 de junio de 2026 – Procuraduría General de la Nación.
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