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ContrataciónEl restablecimiento del equilibrio económico como pretensión en la demanda procede sí, en los documentos de suspensión, ampliación o modificación al contrato, realizados por mutuo acuerdo, las partes dejaron expuestas sus salvedades o reclamaciones

12/07/2022

Así lo reconoció el Consejo de Estado en sentencia del 04 de mayo de 2022 con radicado interno 64787, reiterando su posición referente a que la parte demandante que alegue como pretensión el restablecimiento del equilibrio económico, debe dejar constancia previa de las posibles salvedades o reclamaciones en los documentos de ampliación, suspensión o modificación del contrato, suscritos de mutuo acuerdo por las partes.

Lo anterior, se justifica bajo el entendido que en el contrato estatal, las partes tienen prohibido revelarse contra sus propios actos, pues, esto vulneraría de forma directa el principio de buena fe, por lo cual, es indispensable que se dejen las respectivas constancias, reclamaciones o salvedades al momento que se acordó la ampliación, suspensión o modificación del contrato, por mutuo acuerdo.

VER SENTENCIA 64787 DEL 04 DE MAYO DE 2022

 

KATHERINE BETANCOURTH
ABOGADA
FRANCISCO FAJARDO Abogados & Asociados

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