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Asuntos JudicialesSentencia para cumplirse: Consejo Directivo de CORPONARIÑO deberá nombrar un nuevo Director de la CAR ante la inminente salida, por orden judicial, de José Andrés Díaz Rodríguez

01/04/2025

La Sección Quinta del Consejo de Estado dio a conocer hace pocos minutos su decisión sobre la solicitud de aclaración presentada el 20 de noviembre de 2024 por el actual Director de la Corporación Autónoma Regional de Nariño (CORPONARIÑO), en relación con la sentencia de única instancia del 14 de noviembre de 2024, mediante la cual se declaró la nulidad de su elección como Director de la CAR.

Si bien la sentencia fue proferida en la fecha mencionada, su ejecución se encontraba suspendida debido a la solicitud de aclaración presentada por el demandado, lo que dilató su cumplimiento hasta la fecha.

El fallo determinó la nulidad de la elección de Díaz Rodríguez al comprobarse la existencia de vicios e irregularidades en el proceso, así:

“(…) la sala encuentra probada dos de las irregularidades alegadas respecto del trámite objeto de controversia: (i) una relativa a la omisión por parte del Consejo Directivo de Corponariño de modificar el cronograma previsto inicialmente mediante el Acuerdo 011 del 26 de septiembre de 2023, modificado por el Acuerdo 014 del 9 de noviembre de ese año, a través de un nuevo acto administrativo en el que se establecieran las fechas pertinentes, y (ii) otra que se desprende de la primera, que consiste en la falta de publicación correspondiente, precisamente, porque nunca se emitió el acuerdo respectivo y, por ende, no se puso en conocimiento algún acto que fijara una nueva fecha para la elección, en desarrollo del principio de publicidad que cobijaba al cronograma por hacer parte íntegra del acuerdo en el que se plasmó la convocatoria.”

Debido a la gravedad de estas irregularidades, el Consejo de Estado declaró la nulidad de las etapas del proceso de elección en las que se presentaron tales vicios, con la consecuente remoción del actual Director.

La sala modula los efectos de la nulidad declarada en el fallo, con el fin de que el órgano competente retome el procedimiento de elección del Director General de CORPONARIÑO desde la citación realizada de forma irregular, mediante aviso, el 20 de noviembre de 2023. Asimismo, el aviso de citación a las sesiones ordinarias deberá cumplir con el término de antelación de 10 días para la realización de estas.

Se espera que el Consejo Directivo de la CAR encargue su reemplazo y garantice el estricto cumplimiento de la sentencia en los términos dispuestos por el Consejo de Estado.

 

Ver. AUTO QUE RESUELVE SOLICITUD DE ACLARACIÓN DE PROVIDENCIA. Consejo de Estado. Sección Quinta. Radicación: 11001032800020240006300. Bogotá D.C., 27 de marzo de 2025.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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