La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia indicó que, el legislador, no limitó al correo electrónico como único medio válido para realizar la notificación personal de decisiones judiciales; por el contrario, resaltó que existen otros medios que pueden suplirlo, siempre y cuando cumplan los requisitos de idoneidad.
Al respecto, el alto tribunal refirió, como la aplicación de mensajería instantánea WhatsApp, resulta ser una herramienta efectiva para llevar a cabo el trámite de notificación personal de una providencia judicial, garantizando derechos de defensa y contradicción; la aplicación ofrece distintas herramientas que pueden permitirle al juez y a las partes enterarse del envío de un mensaje de datos -un tick-, o de su recepción en el dispositivo del destinatario -dos tiks-.
Área de litigios y Asuntos judiciales
FRANCISCO FAJARDO Abogados & Asociados