El Plan Nacional de Desarrollo 2022 – 2026 “Colombia potencia mundial de la vida”, incorporó en su artículo 99 la posibilidad de acceder al contenido del RUP a través de la plataforma SECOP II por lo que, las Cámaras de Comercio, deberán garantizar la “interoperabilidad del Registro Único de Proponentes -RUP- con el Sistema Electrónico de Contratación Pública -SECOP- que administra la Agencia Colombia Compra Eficiente, de tal manera que se permita el acceso público y gratuito a la información consignada en el RUP a través del SECOP”.
El costo de la interoperabilidad deberá ser asumido por las Cámaras de Comercio con cargo al valor cobrado por la inscripción y renovación de proponentes.
Francisco Javier Fajardo Angarita S.A.S.