El Consejo de Estado mediante providencia reitero que, en los eventos en los que se solicita la responsabilidad del Estado con fundamento en el título de imputación por error judicial, quienes están legitimados para acudir a reclamar el daño son aquellos que:
“(…) (i) gozan de la calidad de parte en el proceso que dio lugar a la providencia contentiva del supuesto yerro o,(ii) frente a quienes la sentencia y sus efectos está llamada a ser exigible, dado que son ellos, como parte de la relación procesal, las personas sobre las que el error judicial se proyecta como una afrenta a sus derechos de acceso a la administración de justicia y tutela judicial efectiva -que son los derechos que cimientan la pretensión indemnizatoria que se persigue a través de este título de imputación de responsabilidad (…)”
Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.