El Presidente del Senado, Efraín Cepeda, sancionó la nueva ley que modifica el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, eliminando la inmovilización de motocicletas como sanción por ciertas infracciones menores (tipo D). Promovida bajo el nombre de “Ley de Igualdad Sancionatoria”, esta normativa entró en vigor el 12 de noviembre de 2024 y busca equilibrar las sanciones entre motociclistas y otros actores viales.
Entre las infracciones afectadas por la reforma se encuentran: transitar en sentido contrario, no detenerse ante semáforos o señales de “PARE”, circular en áreas no permitidas, adelantar en zonas prohibidas y realizar maniobras peligrosas. Si bien las sanciones económicas siguen vigentes, la eliminación de la inmovilización responde a una necesidad de proteger el derecho al trabajo y al mínimo vital.
Esta reforma reconoce que la motocicleta es más que un medio de transporte; para miles de colombianos, es una herramienta de subsistencia y una expresión concreta de su derecho al trabajo. Con esta medida, se busca garantizar que la imposición de sanciones no represente una carga desproporcionada ni ponga en riesgo los medios de vida de quienes dependen de este vehículo para su estabilidad económica y bienestar, pero al mismo tiempo mantiene un mecanismo de control y prevención de conductas indebidas en las vías públicas.
Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.