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Asuntos Judiciales¿Existe responsabilidad civil por replicar y difundir información falsa en la web?

27/05/2025

En reciente pronunciamiento, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín resolvió un caso relativo a la responsabilidad civil de la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva, derivada de la publicación en su página web institucional de un artículo de una revista que contenía afirmaciones falsas en contra de un médico. En dicho texto se le atribuía, sin fundamento alguno, la supuesta falsificación de firmas y documentos de identidad en historias clínicas, así como la inexistencia de su título profesional.

 

Al abordar el asunto, el Tribunal, en consonancia con el fallo de primera instancia, resaltó que el caso plantea una tensión “entre el ejercicio de la libertad de expresión y comunicación, y la responsabilidad de los usuarios y administradores de las páginas web que interactúan, publican y difunden información en internet en contravía de los derechos a la honra y al buen nombre de una persona”.

 

Para sustentar su decisión, el Tribunal acudió a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, particularmente a la Sentencia SC5238 de 10 de diciembre de 2019, en la que se expuso:
“En principio, no podría existir responsabilidad por los comentarios dejados en un blog. Pero cuando resultan ofensivos, inmoderados, calumniosos o injuriosos, o salpicados de críticas que afectan el honor o la reputación de una persona, han de serlo, inevitablemente. Es probable, entonces, que vulneren los derechos fundamentales a la intimidad, el buen nombre (artículo 15 Superior) y la honra (precepto 21). Lo propio puede acontecer con la libertad de expresión prevista en el art. 20 ejúsdem.“

En consecuencia, el fallo confirma la existencia de responsabilidad civil por parte de la sociedad demandada y además ordena que se publique en su página web el acto de rectificación realizado por la revista que inicialmente replicó.

 

Ver SENTENCIA. Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín. Radicación: 05001310301720180048301; Magistrada Ponente: Martha Cecilia Lema Villada. Medellín, 15 de mayo de 2025.

 

Nota Aclaratoria. Las publicaciones realizadas por Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S. en la sección de NOTICIAS, tienen como finalidad divulgar decisiones relevantes de las autoridades judiciales y administrativas, con el propósito de informar a quienes se interesan en estos temas. Estas publicaciones no comprometen, en ningún caso, la postura de la firma frente a los asuntos tratados.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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