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ContrataciónJuntas de Acción Comunal sólo podrán ejecutar obras dentro de su delimitación territorial.

20/04/2024

En el concepto C 008 de 2024, Colombia Compra Eficiente resolvió una serie de preguntas acerca de la ejecución de contratos de obra pública por parte de las Juntas de Acción Comunal, especialmente una relacionada con la posibilidad que tendrían las JAC de ejecutar obras por fuera de su territorio.

Al dar respuesta al interrogante planteado, la Agencia de Contratación Pública señaló que las JAC, únicamente pueden ejecutar obras dentro de sus límites territoriales, efecto para el cual estableció lo siguiente:

“De lo anterior se concluye, que con base en el principio de participación, el objeto social de las Juntas de Acción Comunal está definido y limitado a la territorialidad a la cual pertenece y tiene jurisdicción, por lo tanto no podrá ejecutar obras por fuera de esta, pues sólo así se garantizaría que el desarrollo de la comunidad se materialice a través de un proceso territorial que integren los esfuerzos de su población, organismos y el Estado, para mejorar la calidad de vida de las comunidades, fortaleciendo así la construcción de las mismas, a partir de los planes de desarrollo comunales y comunitarios construidos y concertados por los afiliados a los organismos comunales, en articulación con las autoridades de cada uno de sus territorios.”

 

VER CONCEPTO C 008 de 2024; Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente. Bogotá, D.C., 20 de marzo de 2024.

 

Francisco Javier Fajardo Angarita Abogados y Asociados S.A.S.

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